La síndica de greuges de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, ha dado la
razón a un ciudadano que fue sancionado por el Ayuntamiento con una
multa de 90,15 euros por mirar una pintura que alguien había abandonado
junto a un contenedor de basura en 2011. El Consistorio acusó al
hombre de infringir la ordenanza sobre el uso de las vías y espacios
públicos al escoger y seleccionar residuos depositados en la vía pública, a pesar de que el hombre insistió en que sólo observaba el cuadro.
La síndica critica la desestimación de las alegaciones del ciudadano, que asegura que cuatro agentes de paisano lo rodearon mientras él miraba con curiosidad el cuadro y que niega que los hechos tuvieran lugar en la calle Baluard 12, tal como figura en la denuncia, sino en la esquina de Baluard con Maquinista.
Vilà considera que la policía no hizo ningún esfuerzo por describir las circunstancias y el contexto de la conducta observada ya que se le ha atribuido al ciudadano la aceptación de un comportamiento que él no reconoce.
La defensora aconseja a la Administración ser especialmente cuidadosa en los casos de falta de concreción y de carga subjetiva de la descripción de la conducta infractora.
Por otra parte, la síndica también ha dado la razón a la titular de una farmacia, sancionada en marzo de 2013 con 300 euros por haber abandonado dos cajas de cartón fuera de los contenedores de basura. La farmacéutica reconoció que las cajas eran suyas pero aseguró que no fue ella quien las depositó en la vía pública.
Vilà asegura que las fotografías de las cajas aportadas por el Consistorio como pruebas constituyen sólo meros indicios, pero no prueban la autoría. "Una denuncia no se puede basar en el hecho de que se han encontrado unos cartones abandonados en la vía pública y como figuran el nombre y la dirección de alguien, la responsabilidad del hecho es de quien figura en las etiquetas", ha sentenciado Vilà. La síndica ha exigido al Ayuntamiento que las sanciones se basen en hechos constatados y probados y no en indicios, por lo que ha pedido la retirada de las dos sanciones.
La síndica critica la desestimación de las alegaciones del ciudadano, que asegura que cuatro agentes de paisano lo rodearon mientras él miraba con curiosidad el cuadro y que niega que los hechos tuvieran lugar en la calle Baluard 12, tal como figura en la denuncia, sino en la esquina de Baluard con Maquinista.
Vilà considera que la policía no hizo ningún esfuerzo por describir las circunstancias y el contexto de la conducta observada ya que se le ha atribuido al ciudadano la aceptación de un comportamiento que él no reconoce.
La defensora aconseja a la Administración ser especialmente cuidadosa en los casos de falta de concreción y de carga subjetiva de la descripción de la conducta infractora.
Por otra parte, la síndica también ha dado la razón a la titular de una farmacia, sancionada en marzo de 2013 con 300 euros por haber abandonado dos cajas de cartón fuera de los contenedores de basura. La farmacéutica reconoció que las cajas eran suyas pero aseguró que no fue ella quien las depositó en la vía pública.
Vilà asegura que las fotografías de las cajas aportadas por el Consistorio como pruebas constituyen sólo meros indicios, pero no prueban la autoría. "Una denuncia no se puede basar en el hecho de que se han encontrado unos cartones abandonados en la vía pública y como figuran el nombre y la dirección de alguien, la responsabilidad del hecho es de quien figura en las etiquetas", ha sentenciado Vilà. La síndica ha exigido al Ayuntamiento que las sanciones se basen en hechos constatados y probados y no en indicios, por lo que ha pedido la retirada de las dos sanciones.